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Gobernador Rosselló Nevares anuncia disponibilidad de las JIP para solicitar los créditos senior

Comunicado de Prensa | Lunes, Agosto 20, 2018

El gobernador Ricardo Rosselló Nevares y la secretaria designada del Departamento de Hacienda, Teresita Fuentes, informaron que a partir del próximo lunes 20 de agosto las personas de 65 años o más podrán acudir a la Junta de Inscripción Permanente (JIP) de su municipio para solicitar el crédito para personas de 65 años o más y el crédito compensatorio para personas de bajos recursos.

“Con la suma de más de 80 oficinas de las Juntas de Inscripción Permanente en Puerto Rico, el Departamento de Hacienda amplía las opciones para que los seniors puedan acudir a solicitar los créditos. Además, nos acercamos más a esta población vulnerable, para ayudar a aliviar un poco sus necesidades”, expresó el primer ejecutivo.

Por su parte, Fuentes explicó que el personal de Hacienda adiestró a los empleados de las JIP para completar las planillas de ambos créditos. Este servicio se mantendrá hasta el 15 de octubre, fecha límite para solicitar.

La planilla de créditos está disponible desde el pasado primero de julio en su nueva versión 481.1. Los formularios se pueden obtener en la página de Internet de Hacienda www.hacienda.pr.gov, en la sección de Planillas de Individuos.

“Les recuerdo que tenemos disponible una oficina para estos fines en el edificio Intendente Ramírez del Paseo Covadonga en el Viejo San Juan y que las planillas de créditos también se están completando en los Centros 360 de Mayagüez, Ponce y Humacao, ubicados en los Centros de Gobierno y en el de Arecibo, con oficinas en el edificio Santiago Cabán 158, en la calle José de Diego”, explicó la funcionaria.

Los seniors también pueden visitar las oficinas de auditorías en todos los municipios y, a partir del lunes, su JIP más cercana. Puede acceder al directorio de las JIP en http://ww2.ceepur.org/es-pr/Paginas/Directorio-de-las-Juntas-de-Inscripci%C3%B3n-Permanente2.aspx.

El Formulario 481.1 debidamente completado en todas sus partes y firmado por el contribuyente y su cónyuge —en el caso de contribuyentes casados— debe estar acompañado de las siguientes evidencias:

1. Identificación con fecha de nacimiento.
2. Los siguientes formularios recibidos para el año 2017, según aplique:

  • Ingresos de salarios - Formulario 499R-2/W-2PR, Comprobante de retención.
  • Beneficios del Seguro Social - Formulario SSA 1099.
  • Otros ingresos, como servicios profesionales, intereses, dividendos y rentas, entre otros - Formularios 480.6A, Declaración informativa – ingresos no sujetos a retención o 480.6B, Declaración informativa – ingresos sujetos a retención.
  • Ingresos exentos - Formulario 480.6D, Declaración informativa – ingresos exentos y excluidos e ingresos exentos sujetos a contribución básica alterna.
  • Distribuciones de cuentas IRA - Formulario 480.7, Declaración informativa – cuenta de retiro individual.
  • Distribuciones de cuentas de aportación educativa - Formulario 480.7B Declaración informativa – cuenta de aportación educativa.
  • Distribuciones de planes de retiro y anualidades - Formulario 480.7C Declaración informativa – planes de retiro y anualidades.