Efectivo el 1 de octubre de 2019, todos aquellos comerciantes que cumplan con los requisitos de elegibilidad establecidos en la DA 19-03, podrán recibir el Certificado que cualifica a un Negocio Autorizado a cobrar una tasa reducida de 7% del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) en Alimentos Preparados, según establece la Ley 257-2018, mejor conocida como la Reforma Contributiva.
- Información general – Tasa Reducida de 7% del IVU en Alimentos Preparados
- Requisitos de Elegibilidad para obtener el Certificado de Negocio Autorizado
- Proceso de emisión del Certificado de Negocio Autorizado
- Ejemplo del modelo del Certificado de Negocio Autorizado
- Determinación Administrativa 19-03 - Exención de la sobretasa del Impuesto Sobre Ventas y Uso sobre ciertas partidas vendidas
- Acceso a página principal de SURI
- Comunicados de Prensa:
- Departamento de Hacienda inicia procesos para reducción del IVU a los alimentos preparados a 7%
- Hacienda anuncia los requisitos de elegibilidad para obtener el Certificado de tasa de IVU reducida de 7% en la venta de alimentos preparados
- Hacienda envía segunda notificación a comerciantes que cualifican para obtener el nuevo certificado con la tasa reducida de 7% de IVU en la venta de alimentos preparados
- A días de que comience la tasa reducida de 7% en el IVU en alimentos preparados
- Departamento de Hacienda envió sobre 5,000 certificados autorizando el cobro de la tasa reducida de 7% de IVU en alimentos preparado
- Entra en vigor la tasa reducida de 7% de IVU para alimentos preparados en establecimientos en cumplimiento con Haciendas
- Hacienda fiscaliza cumplimiento de la Tasa Reducida de IVU de 7% en alimentos preparados